Vecinos por Torrelodones

El trabajo llevado a cabo recientemente por la Cámara de Cuentas para fiscalizar las cuentas de 2012 del Ayuntamiento de Torrelodones ha planteado dos conclusiones. Por un lado, felicita especialmente a los servicios administrativos, jurídicos y económicos del Ayuntamiento por el trabajo realizado en  la puesta al día las cuentas del Ayuntamiento en lo que […]

camara-de-cuentasEl trabajo llevado a cabo recientemente por la Cámara de Cuentas para fiscalizar las cuentas de 2012 del Ayuntamiento de Torrelodones ha planteado dos conclusiones.

Por un lado, felicita especialmente a los servicios administrativos, jurídicos y económicos del Ayuntamiento por el trabajo realizado en  la puesta al día las cuentas del Ayuntamiento en lo que a pagos extrajudiciales, contratación y subvenciones se refiere. En su informe, la Cámara destaca, en materia de contratación, el que se haya acudido a procedimientos abiertos a concurso público aun cuando la legislación no lo exige, lo cual celebra.

Por otro, la cámara analiza procedimientos y destaca algunos errores de hecho que deben ayudarnos a mejorar en algunas facetas e interpreta de forma errónea alguna documentación que ha sido corregido como consecuencia de las alegaciones municipales.

informeSin embargo, todavía  existen alegaciones sobre 5 expedientes de contratación que, sin embargo, cuentan con informes favorables de los técnicos municipales. En aras de la transparencia y de la confianza que existe en la labor profesional de los habilitados nacionales que han realizado dichos informes, nos gustaría poder precisar que:

1.- Desde que llegamos al Ayuntamiento no se ha desarrollado proyecto alguno sin el informe favorable de los técnicos.

2.- Siempre se ha seguido el criterio de los funcionarios públicos, quienes han preparado igualmente las alegaciones frente al anteproyecto de la Cámara

3.- Se trata de decisiones administrativas – no políticas – por lo que las alegaciones se basan únicamente en reglas interpretativas, criterios doctrinales y jurisprudenciales que respaldaban la actuación.

4.- Estamos absolutamente seguros de que la actuación contractual que objeta el informe es plenamente ajustada a Derecho y a la legalidad.

5.- Vaya por delante nuestro respeto por las decisiones e informes de todos los poderes públicos.

6.- Sería oportuno que la Administración (que la forma tanto la Cámara de Cuentas, como los habilitados municipales) contara con un criterio interpretativo único que evitara que, en el futuro, se sigan produciendo situaciones como ésta.

Los ciudadanos pueden juzgarlos por sí mismos y formarse la opinión que consideren consultando tanto el informe definitivo de la Cámara de Cuentas, como el cuadro comparativo y los expedientes con sus correspondientes informes favorables de los máximos responsables administrativos del Ayuntamiento ya que todo ello está colgado en la página web del Ayuntamiento.

En esto también, transparencia absoluta.

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